Modalidades de Pensión
Son opciones para el pago de la pensión que puede elegir un afiliado o los beneficiarios de pensión de sobrevivencia.
Retiro programado
El afiliado o los beneficiarios, mantienen el ahorro previsional en una AFP y recibe un pago mensual con cargo a su fondo. El monto de pensión es variable y se reajusta cada año, en el mismo mes calendario en que se devengó la pensión correspondiente. La AFP informa de este recálculo, dos meses antes de efectuarlos y solicita al pensionado que actualice la declaración de beneficiarios.
Renta Vitalicia Inmediata
El afiliado o los beneficiarios, contrata con una compañía de seguros de vida el pago de una renta vitalicia mensual, la cuota mortuoria y las pensiones de sobrevivencia que correspondan.
La pensión se financia con el saldo de la cuenta que tiene el afiliado en su AFP, el cual se transfiere como prima única a la compañía. Por lo tanto, se pierde la propiedad de los ahorros y en ningún caso hay herencia.
Renta Temporal con Renta Vitalicia Diferida
El afiliado o los beneficiarios contratan con una compañía de seguros de vida el pago de una renta mensual a contar de una fecha futura. En la cuenta deben conservarse los fondos suficientes para el pago de una renta temporal por parte de la AFP, durante el periodo que transcurra entre la fecha que se pensiono y la fecha que empieza a ser pagada la renta vitalicia diferida.
Renta Vitalicia Inmediata con Retiro Programado
En esta alternativa los afiliados o los beneficiarios, pueden distribuir los fondos para contratar una renta vitalicia y con la diferencia contratar un retiro programado. La pensión corresponderá a la suma de los montos percibidos por cada una de las modalidades. En todo caso la renta vitalicia inmediata contratada deberá ser a lo menos igual a la pensión básica solidaria de vejez.
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